Custodia y visitas de hijos después del divorcio

Custodia y visitas de hijos después del divorcio

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Custodia y visitas de hijos después del divorcio
25 junio, 2020  |  Custodia de hijos

Cuando los padres se divorcian, cada uno puede buscar la custodia física del niño por orden judicial o al firmar un acuerdo con la otra parte. El padre sin custodia también puede solicitar derechos de visita con el niño, siempre y cuando la corte determine si es lo mejor para el niño.

¿Qué es la custodia y visita interestatal de niños?

Las disputas pueden surgir cuando los padres ya no viven en el mismo estado y tienen una orden de custodia y visitas de niños en su lugar. En este escenario, la orden judicial puede estar sujeta a la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de Custodia de Menores (UCCJEA), que ha sido adoptada por los estados de alguna forma.

El UCCJE cubre asuntos relacionados con la ejecución de las órdenes de custodia de menores para permitir uniformidad y claridad a los padres que no están seguros de cómo se aplican las leyes de custodia en otros estados. En general, se considerará lo siguiente al decidir en qué estado se determinará la jurisdicción de custodia de los hijos y los problemas de cumplimiento:

  • El estado de origen del niño durante los últimos seis meses consecutivos;
  • Cualquier conexión significativa entre el estado, el niño o padre;
  • Si el niño está en el estado por razones de seguridad; y
  • Si no hay estados que puedan satisfacer los criterios anteriores.

Esencialmente, el tribunal que emitió la orden judicial de custodia y visitas de menores continuará teniendo jurisdicción sobre los asuntos que surjan de la orden judicial hasta que el tribunal determine que ya no tiene jurisdicción.

El tribunal tomará esta determinación cuando ni el niño ni el padre tengan una conexión significativa con el estado o no haya evidencia en el estado sobre el cuidado del niño. También tomarán decisiones similares si el tribunal determina que ni el niño ni los padres residen en el estado que emitió la orden de custodia y visita de los niños.

¿Qué se debe saber cuando se viaja a otro estado?

Incluso si el padre con custodia no busca mudarse a otro estado, pueden surgir problemas de jurisdicción y cumplimiento cuando un padre viaja con el niño a otro estado. Aunque el viaje puede ser temporal, la orden judicial puede abordar este tipo de escenarios y es importante que cada padre cumpla con la orden judicial.
Puede ser una buena idea llamar al otro padre para informarles sobre los planes de viaje, que pueden ser todo lo que sea necesario para satisfacer un acuerdo u orden de custodia si se requiere dicha notificación. Es posible que tenga que presentar una solicitud de modificación para la variación material de la orden judicial existente.

¿Qué problemas pueden surgir al mudarse fuera del estado?

Los viajes temporales fuera del estado generalmente se manejan amigablemente. Sin embargo, cuando un padre decide mudarse fuera del estado, la pregunta se vuelve más compleja. Como se indicó anteriormente, la adopción por parte del nuevo estado de la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de Custodia de Menores puede dictar si se aplican las leyes del estado de origen o el nuevo estado.

Por ejemplo, es posible que deba registrar la orden judicial en el nuevo estado. Además, la orden de custodia existente puede requerir que se informe al tribunal en el estado de origen que presidió el problema de custodia.

Además, pueden surgir cargos penales por secuestro de niños porque el padre trasladó al niño a un nuevo estado sin seguir los procedimientos adecuados de notificación. Esto podría llevar a que el padre pierda la custodia del niño. Si está considerando mudarse fuera del estado y no está seguro de qué hacer, puede beneficiarse asesorándose con un abogado de familia en su estado.

¿Cómo se relaciona la Ley de prevención del secuestro parental?

Con los años, la UCCJEA ha sido revisada para que sea consistente con la Ley de Prevención de Secuestro Parental (PKPA) para determinar los problemas jurisdiccionales. En conjunto con la UCCJEA, la PKPA ayuda a garantizar que se cumplan los mejores intereses del niño, tal como se describe en una orden de custodia y visitas al evitar el secuestro de los padres.

Anteriormente, los padres simplemente podían ignorar las órdenes judiciales y llevar al niño a un nuevo estado. La PKPA esencialmente exige que todos los estados se adhieran a la Cláusula de Fe y Crédito Plena para garantizar el cumplimiento de la orden judicial del estado de origen.

El nuevo estado garantizará la ejecución de la orden judicial mientras el estado de origen continúe teniendo jurisdicción o no se niegue a continuar ejerciendo jurisdicción. La UCCJEA también trabaja en concierto con la PKPA para ayudar a los tribunales a determinar qué tribunal tiene jurisdicción para tomar decisiones en casos de custodia internacional.

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