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El término "marihuana medicinal" se refiere al uso, posesión o cultivo de marihuana para usos médicos. Las personas con enfermedades terminales o que soportan síntomas dolorosos o largos, asociados con algunas enfermedades específicas, como la epilepsia, el SIDA, el glaucoma y el cáncer, frecuentemente solicitan la marihuana medicinal como una manera de tratamiento o alivio contra el dolor que experimentan. Como principio general, la marihuana medicinal no es distinta de la marihuana estándar (o cannabis).

Marihuana medicinal: ley estatal vs. Federal

En su mayor parte los estados han venido aumentando en la legalización del cannabis medicinal dentro de sus fronteras. Aunque, acorde a la Ley Federal de Sustancias Controladas, la marihuana se clasifica como una "droga de la Lista I", lo que representa que:

Posee el potencial de abuso,

En la actualidad no tiene uso médico aceptado en el tratamiento dentro de los EE. UU.

No posee una seguridad aceptada para el uso del medicamento bajo supervisión médica.

Por tanto, existe un creciente debate sobre el uso médico personal de la marihuana y su legalidad.

En lo que refiere del tema, algunos políticos y funcionarios comisionados de hacer cumplir la ley pretenderían combatir el uso ilegal de drogas de la marihuana y mitigar algunos de sus efectos, como la "venta abierta de marihuana bajo el pretexto de un propósito médico". Por otro lado, varios defensores de la salud y distintos grupos de legalización de drogas ambicionarían legalizar el uso médico de la marihuana, creyendo que la droga es una ayuda valiosa en el tratamiento de una amplia gama de afecciones médicas.

El gobierno de los EE. UU. Reestructuro su atención a temas más importantes del narcotráfico en el periodo que la Administración. Obama se hizo cargo en el 2009, y el Departamento de Justicia expresó que no facilitaría prioridad a la aplicación de las leyes federales de marihuana a los usuarios autorizados de marihuana medicinal o a sus cuidadores. Aunque, el Departamento de Justicia restableció el procesamiento de proveedores de marihuana medicinal en 2011 e impuso a los editores que publican anuncios de los dispensarios de marihuana medicinal.

Leyes de la marihuana medicinal

Las leyes sobre la marihuana medicinal varían continuamente y cambian según la ubicación geográfica donde se encuentre. Las leyes federales y estatales conciben que es un delito utilizar, cultivar, vender o poseer marihuana. La Corte Suprema federal, por ejemplo, ha declarado que es de uso ilegal, vender o poseer marihuana, incluso para uso médico (en el caso 2005 de Gonzales v. Raich).

No obstante, un número creciente de estados ha legalizado el uso, el cultivo de marihuana o ambos siempre que sean con fines médicos (e incluso recreativos), eliminando así las sanciones penales de los médicos que recetan la marihuana como medicamento o de los pacientes que lo utilizan entre de los límites establecidos por la ley del estado. California fue el primer estado de los E.E.U.U., en legalizar la marihuana medicinal en 1996 cuando aprobó la Proposición 215, llamada de igual manera como Ley de Uso Compasivo. La ley permite la posesión y el cultivo de marihuana con fines médicos por recomendación de un médico.

Casi totalidad de los estados han legalizado la marihuana medicinal, entre los que se encuentran los siguientes:

Arizona: el estado permite que los pacientes con una certificación escrita de su médico posean hasta 2.5 onzas. de cannabis utilizable y el cultivo de hasta 12 plantas (con la salvedad de que no se pueden cultivar dentro de 25 millas de un dispensario con licencia).

Florida: los pacientes con la recomendación de un médico pueden poseer un suministro de 70 días (cantidades exactas no especificadas) y no se les permite ampliar su propio suministro; Los dispensarios están autorizados por el Departamento de Salud de Florida.

Illinois: los pacientes viables para tratamiento deben registrarse en el estado y pueden poseer hasta 2.5 oz. de cannabis utilizable; la ley no permite el cultivo y los pacientes deben seleccionar un dispensario determinado con licencia estatal.

Minnesota: los pacientes elegibles pueden poseer un suministro de cannabis no fumable para 30 días (comestibles y otras elaboraciones similares), según lo determine el médico del paciente; única y exclusivamente los proveedores autorizados pueden cultivar la hierba.

Oregón: los pacientes con una recomendación médica firmada pueden tener hasta 24 oz. de marihuana utilizable y puede cultivar hasta 24 plantas de cannabis (solo seis pueden estar maduras).

Estas leyes estatales de marihuana medicinal habitualmente constituyen los límites bajo los cuales la hierba puede ser recomendada, cultivada, poseída y utilizada. Por ejemplo, los funcionarios pueden solicitar documentación escrita del médico que es una persona que afirme que la persona sufre de una condición debilitante y podría beneficiarse del uso médico de la marihuana. Igualmente, los funcionarios estatales pueden exigir que las personas presenten esta documentación o la "tarjeta de identificación de marihuana" antes de un arresto.

Otras prácticas pueden incluir límites en el tipo de condiciones, como el VIH y el SIDA, y la cantidad de marihuana que una persona puede poseer, usar o cultivar. Definitivamente, algunos estados tienen otras disposiciones específicas, como las prohibiciones de los empleados sobre el uso médico de la marihuana en el trabajo y ciertos requisitos y los precios de la tarjeta de identificación.

Sanciones médicas a la marihuana

Las sanciones por desobediencias a la marihuana medicinal logran incluir tiempo en prisión, multas o ambos, todo dependiendo de lo grave de la ofensa y el estado donde suceda el hecho. En los estados que no han legalizado el uso médico de la marihuana, los cargos se tratan como delitos generales o delitos de drogas. Infracción por tenencia o cultivo que excedan los límites establecidos, distribución en desobediencia de la ley, o incumplimiento a la restricción de edad son tratados como una infracción, un delito menor, dependiendo del caso, y mayormente se requiere obligatoriamente educación sobre drogas o terapia, y servicio comunitario para personas.

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