Home

Abogado de Acoso

Contenido

El acoso, también llamado Intimidación hace referencia a los hechos de carácter verbal, físico o mental cometidos por una persona para asediar, intimidar o causar daño a otra persona, y se presenta muy a menudo especialmente en el ámbito estudiantil. La intimidación puede hacerse a través de amenazas verbales o psicológicas, agresiones físicas, u otras formas de comportamiento inadecuado, como el acoso, la conducta desordenada y los actos perturbadores dentro del para que se propicie la convivencia libre de hostigamiento, acoso y discriminación. Este tipo de acoso generalmente se presenta en las zonas escolares y se convierte en una preocupación, que con el paso del tiempo ha ido aumentando de una manera exponencial; los padres, los distritos escolares y los estudiantes deben ser conscientes de las graves faltas asociadas y la violencia en la que pueden incurrir, como resultado de la intimidación, y la forma de cómo se puede afrontar.

Leyes Estatales contra el Acoso

Varios estados de la Unión han aprobado leyes para afrontar la intimidación, el hostigamiento y el acoso escolar en las escuelas. Los estados aborda el acoso de manera diferente. Algunos han establecido leyes, políticas y medidas, otros en cambio han desarrollado estrategias modelo que pueden utilizar las escuelas o distritos para que desarrollen sus propias leyes locales. En su gran mayoría estas leyes, estatales requieren que los distritos y las escuelas implementen una política anti-acoso y procedimientos para investigar y responder ante el acoso cuando este ocurra. Las leyes están fundamentadas en la promoción de la buena convivencia entre estudiantes, su seguridad dentro del colegio o escuela, para de esta manera, optimizar las estadísticas de abandono y así prevenir, erradicar y sancionar la violencia escolar. La ley exige específicamente que las escuelas estructuren ciertas políticas para fomentar una cultura de paz y favorecer a un entorno pacifico dentro del sistema escolar. Los estudiantes que violan las disposiciones contra el acoso escolar se enfrentan a la suspensión y expulsión; mientras que las escuelas y los distritos pueden enfrentar graves consecuencias, como sanciones monetarias derivadas de demandas de responsabilidad civil.

Ejemplos del comportamiento específico que constituye el Acoso:

Uso de vestimenta no convencional, destinada a intimidar o excluir a otra persona.

Burlarse de la apariencia física de una persona o humillaciones sobre la orientación sexual.

Divulgar rumores o publicar imágenes, mensajes o información despreciable, perjudicial y agresiva en las redes sociales u otras formas de comunicación electrónica (también conocida como "ciberacoso").

Gritar, Amenazar, pegar, robar, esconder cosas.

Hacer llorar intencionalmente, gritar, amenazar, pegar, robar, esconder cosas.

Influenciar a los demás para que no le hablen a un niño, niña o adolescente.

Propiciar insultos y/o comentarios ofensivos, características reales o percibidas de una persona, tales como la raza, el color, el peso, la nacionalidad, la etnia, la religión, las prácticas religiosas, la discapacidad, la orientación sexual, el género, el tamaño, o el estatus socio económico de una persona.

Influenciar a los demás para que no le hablen a un niño, niña o adolescente.

Auspiciar formas de chantajes y actos de violencia física, como: golpear, abofetear o tropezar con alguien intencionalmente.

Leyes federales contra el acoso

Si bien las leyes federales no abordan específicamente el acoso escolar, se puede acusar a una escuela o distrito de incumplir la Primera Enmienda, el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 y otras leyes que tienen como principio la protección e igualdad de las personas. No existe una ley federal que se aplique principalmente al acoso, en algunos casos, cuando el acoso se basa en la raza o etnia, el color, la nacionalidad, el sexo, una discapacidad o religión, se supone que con el hostigamiento las escuelas tienen el deber legal de abordarlo, en dado caso, el tribunal supremo expresa que los padres y familia pueden demandar a una escuela o distrito por obviar acciones en un reclamo de acoso sexual en que estuviese al tanto. Los distritos escolares también deben incluir programas que aborden la concientización con el acoso y la discriminación mediante la ejecución de programas, instructivos y charlas sobre el civismo, la ciudadanía y la educación del carácter.

Penalizaciones

Generalmente, pueden verse quebrantados por el acoso moral la dignidad de la persona, como suposición básico de tales derechos, pero, también, su libertad personal, su integridad física y moral, su intimidad, su honor, entre otros valores que están constitucionalmente protegidos. Los escolares que participan en ciertos actos relacionados con el acoso escolar pueden ser castigados mediante sanciones o expulsados de una escuela o distrito, así como también enfrentar multas civiles o sanciones penales, que podrían pagarse con cárcel, según el hecho de violencia en que haya incurrido.

Los distritos escolares también pueden enfrentar sanciones de derecho civil, en forma de fuertes multas monetarias, derivadas de una falla en prevenir o castigar ciertos tipos de comportamiento de los alumnos dentro delestablecimiento escolar.

Publicaciones Recientes
cargos-por-danos-criminales-en-arizona
18 marzo, 2024

Los denominados cargos por daños criminales en Arizona, son un delito común en el estado. De hecho, acorde con estadísticas oficiales del 2023 sobre crímenes en Arizona, un daño criminal ocurre cada dos minutos. 

Leer más
cobro-de-comisiones-impagas-en-usa
14 marzo, 2024

Si usted trabaja en ventas, probablemente una parte importante de su salario depende de las comisiones que recibe por cada venta que realiza. Las comisiones son una forma de compensación que se basa en el rendimiento o los resultados obtenidos.

Leer más