Algunas veces las lesiones pueden ser de carácter emocional, otras de carácter mental, y no son evidentes de inmediato. Si otra persona es la responsable del motivo de su lesión emocional, es posible que pueda demandar a esa persona por el daño que le causó. También puede demandar a una persona si actúa de una manera, que invada su privacidad y desde luego, cause un trauma que afecte sus sentimientos. Tanto los reclamos por invasión de privacidad, como de angustia emocional, presentan enormes obstáculos que un demandante debe despejar para tener éxito en su caso y justificar una demanda. Hay muy buena información acerca de los elementos que deberá probar para prevalecer en una demanda por invasión de la privacidad, o por infligir intencionalmente la angustia emocional. Infórmese con un abogado sobre casos de invasión de privacidad, para que tenga información de primera mano y pueda saber qué esperar y estar preparado.
Invasión de privacidad
La invasión de la privacidad es la intrusión en la vida personal de otra persona sin consentimiento. Sin embargo, la invasión de la privacidad no es la causa de una acción o agravio por la que usted demandaría a otra persona. Los cuatro tipos más comunes de acción, de las causas de invasión de la privacidad son:
- Apropiación del nombre o semejanza,
- Intrusión de la privacidad,
- Presentación de un falso testimonio
- Divulgación pública de hechos privados.
Una invasión de la privacidad puede incluir más de lo que el nombre sugiere. Puede incluir el uso o mal uso ante la sociedad o ante sus conocidos de su información personal o identidad. Por ejemplo, usar el nombre o la imagen de una persona, como una foto o caricatura, sin su consentimiento, constituye un tipo de invasión de la privacidad.
Los estados varían sobre qué causas de acción reconocen bajo la teoría de invasión de la privacidad. Los estados también tienen sus propios elementos para cada causa que se presente. Por estas razones, es importante verificar las leyes de su estado o consultar con un abogado local, antes de elevar una demanda.
La imposición intencional del daño emocional
Vivimos en una sociedad de personas con diferentes personalidades y sensibilidades. Lo que es ofensivo para una persona puede no ser ofensivo para otra persona. Tampoco es razonable que las personas esperen no tener que lidiar con un cierto nivel de conducta grosera u ofensiva. Pero, si la conducta de alguien es tan terrible y causa un trauma emocional, es posible tener un caso válido de acción ofensiva y grotesca en su contra, por lo cual es admisible iniciar un proceso de demanda.
Cada estado tiene sus propias reglas para lo que constituye infligir intencionalmente un daño emocional. Sin embargo, los elementos generalmente se definen como una conducta extrema o indignante, que intencionalmente o imprudentemente causa una angustia emocional grave. Si se prueban estos elementos, una persona puede recuperarse de la angustia emocional y cualquier daño corporal, que resulte del estrés o daño emocional.
También existen circunstancias en las que una persona puede recuperarse de un daño emocional, incluso si la conducta indignante o extrema no fue dirigida a ella. Para recuperarse bajo este tipo de situación, se deben probar más elementos que la definición estándar de infligir intencionalmente un daño emocional. Por ejemplo, si un individuo dirige una conducta extrema o indignante a un miembro de la familia inmediata del demandante, y el demandante es testigo de la conducta, él o ella podría formular un reclamo intencional de daño emocional contra el actor del daño.
Contratar a un abogado
Si usted o un ser querido ha sufrido una invasión de la privacidad o daño emocional debido a la conducta de otra persona, es posible que desee comunicarse con un abogado de lesiones personales para informarse sobre sus opciones legales y desde luego, entablar una demanda.