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Abogado especialista en Transporte y envío

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El contrato de envío es un documento legal relacionado con la venta de bienes (la transferencia de un artículo tangible por un retorno monetario) y otras transacciones comerciales que están sujetas al Código Comercial Uniforme (UCC). Suscrito por un comprador y un vendedor, el contrato de envío establece el riesgo del comprador por cualquier pérdida o daño que resulte durante el transporte de envío de mercancías.

Los contratos de envío también pueden proporcionar otros tipos de información, como por ejemplo, la responsabilidad del oferente vendedor hasta el momento en que las mercancías se entregan a un transportista o puerto de embarque común, así como también cuando la responsabilidad se transfiere al transportista o se devuelve al demandante comprador.

¿Qué es el Código de Comercio Uniforme?

El UCC es un conjunto codificado de leyes y normas destinadas a lograr la uniformidad entre los estados con respecto a las transacciones comerciales. La UCC se refiere a transacciones comerciales que involucran ventas, arrendamientos, transferencias de fondos, documentos de título, transacciones garantizadas y valores de inversión, entre otras transacciones comerciales. Si bien el UCC se ocupa de la transferencia o venta de bienes personales, este no regula las transacciones que tienen que ver con bienes inmuebles.

El UCC requiere que algunas ventas de bienes se realicen por escrito para ser legalmente ejecutables. Como se indicó anteriormente, los contratos de envío discuten los riesgos tanto del comprador como del vendedor, por lo que el envío también debe tener todos los requisitos contractuales relacionados con la venta de bienes, incluidos el precio, el pago, la cantidad y la entrega.

¿Un contrato de envío es diferente a un contrato de destino?

Al igual que un contrato de envío, un contrato de destino es un tipo de contrato de flete que se refiere a la venta de bienes y se rige por el UCC. En un contrato de destino, el vendedor acuerda asegurar la entrega de los bienes especificados al destino del comprador, y la responsabilidad del vendedor continúa hasta que los bienes se entreguen realmente. El riesgo de pérdida o daño de las mercancías mientras se realiza la entrega corre por cuenta del vendedor.

En comparación con un contrato de envío, la responsabilidad del vendedor generalmente termina cuando las mercancías se cargan en el medio de transporte del transportista o se envían a un lugar específico para su envío al comprador. En ese momento, la responsabilidad se transfiere al comprador o al transportista mediante contrato.

¿Qué términos pueden ayudarle a detectar un contrato de envío?

Bajo el UCC, el contrato de envío permite que el demandante y el oferente determinen el riesgo en caso de que las mercancías se pierdan o se dañen antes que el comprador las reciba. El vendedor se compromete a llevar las mercancías a un transportista común para hacer la entrega de las mercancías del vendedor al comprador. El contrato de envío generalmente indicará "libre a bordo" y listará dónde se encuentre el vendedor.

Si su contrato tiene un lenguaje similar al anterior, probablemente tenga un contrato de envío. Además, en el contrato de envío puede leer lo siguiente:

FOB más el lugar de envío o la ubicación del vendedor: el lugar desde el cual se envían las mercancías se indica al final de la cláusula "libre a bordo" o "flete a bordo" (FOB). Por ejemplo, el vendedor está enviando una carga de televisores desde Nueva York al comprador en Chicago. El contrato establece "FOB New York Factory", lo cual indica que el vendedor debe cargar los productos desde su fábrica en New York. Una vez que lo hace, ya no tiene ninguna responsabilidad con el comprador en virtud del contrato.

FAS (nombre del puerto/embarcación): significa "libre junto con el barco", seguido del nombre del puerto o embarcación desde donde se envían las mercancías al comprador.

CIF o CF: También puede tener un contrato de envío si incluye los términos "costo, seguro y flete" (CIF) o "costo y flete" (CF). Esto significa que el vendedor asume los costos y la responsabilidad de la carga (que incluye el seguro) para entregar los bienes del comprador al puerto de destino. El CIF del vendedor puede verse reflejado en un precio más alto en los bienes del comprador. El riesgo se transfiere al comprador una vez que las mercancías se cargan en el barco o en el medio de transporte escogido.

Por otro lado, los siguientes términos generalmente apuntan a un contrato de destino:

Ex envío: significa que el precio del vendedor incluye cargos hasta el puerto de destino o de llegada donde la responsabilidad se transfiere al comprador, el cual es responsable de descargar la mercancía.

Sin llegada, sin venta: término UCC que le da al comprador la opción de cancelar el contrato o aceptar las mercancías a un costo con descuento. Esto cubre los escenarios en los que las mercancías se pierden o dañan mientras el vendedor entrega las mercancías a una ubicación específica.

¿Debe buscar ayuda legal si tengo una disputa sobre un contrato de envío?

Los contratos de transporte son bastante estándar en la industria naviera. Sin embargo, si se trata de un arreglo complicado relacionado con sus obligaciones en virtud de un contrato de envío, es posible que desee consultar con un abogado comercial calificado para que lo ayude a negociar y redactar su contrato de envío. Su abogado también puede ayudarlo si el contrato de envío ha sido violado o si usted ha sufrido daños como resultado.

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