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El gobierno federal protege contra la discriminación basada en la religión, junto con la raza, el sexo, la edad y la discapacidad. Mientras las prácticas religiosas de un empleado no interfieran genuinamente con el desempeño de sus deberes, el empleador no puede basar las decisiones de contratación, despido, promoción o compensación, basadas en la religión de ese empleado. Por supuesto, puede ser difícil determinar si las decisiones de un empleador fueron motivadas por la religión, las preocupaciones genuinas sobre el desempeño de un empleado o algunos otros factores más subjetivos. La educación y preparación adecuadas pueden ayudarlo a detectar posibles violaciones de las leyes de discriminación en el empleo.

Religión en el trabajo

La Primera Enmienda provee dos libertades con respecto a la religión; el derecho a estar libre de la religión impuesta por el gobierno, y el derecho a practicar cualquier religion de acuerdo con sus convicciones culturales y desde luego, religiosas. Aunque ninguno de estos derechos se relaciona directamente con los empleadores privados, están sujetos a las leyes estatales y federales que prohíben la discriminación religiosa en el empleo. Estas leyes buscan proteger el derecho de los trabajadores a tener creencias religiosas y mantener sus prácticas religiosas, que pueden incluir vestimentas, presentaciones o peinados religiosos, evitar ciertos discursos o comportamientos, o la observancia de días festivos religiosos.

El estatuto que más comúnmente protege los derechos de los trabajadores contra la discriminación a causa de su religión, es el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964. El Título VII prohíbe a los empleadores privados discriminar por motivos de raza, color, sexo u origen nacional, además a la religión. Las leyes estatales también prohíben frecuentemente la discriminación a causa de la religión. Los tribunales, al interpretar estas leyes, han reconocido varias formas de discriminación prohibida.

Discriminación por tratamiento desigual: Es una forma abierta de discriminación en la que los trabajadores reciben un trato diferente debido a su religión. A una empresa de naturaleza religiosa se le puede permitir exigir a los empleados que se adhieran a una fe específica, pero los tribunales examinarán de cerca la legitimidad del requisito.

Disparate Impact Discrimination

(Discriminación de Impacto desigual) Es una forma más sutil de discriminación en la que no existe una política expresa de discriminación, sino que una política funciona para discriminar efectivamente contra una religión. Una regla que prohíba a las personas usar algo que cubra su cabeza en el trabajo, podría entrar en conflicto con una religión, como la religión Sikh, que requiere que sus seguidores cubran su cabeza en público.

Discriminación hostil en el ambiente de trabajo: cuando el empleador mantiene o permite un ambiente de trabajo donde se lleva a cabo el hostigamiento, el abuso o la intimidación a los empleados de una fe en particular. Un simple desacuerdo normalmente no crearía un ambiente de trabajo hostil, pero sí severos insultos, amenazas o palabras y acciones continuas destinadas a intimidar o acosar a un empleado por su fe religiosa. Los empleadores son responsables si sabían, o deberían haber sabido del acoso y no actuaron con relación a impedir que eso se produjera.

Deber de adaptación de la religión de un empleado

Un empleador tiene el deber de adaptarse a las creencias religiosas de sus empleados, aunque al igual que con otras adaptaciones del empleador, esto está sujeto a algunas limitaciones. Por lo general, no se requieren adaptaciones que serían excesivamente onerosas para el empleador. Pedir, por ejemplo, intercambiar turnos para evitar trabajar en un día festivo religioso probablemente se considerará razonable, pero una solicitud para tener un mes sagrado sin trabajo todos los años, probablemente se considerará una carga excesiva. También es probable que las limitaciones que impactan la capacidad de realizar negocios en conjunto, sean excesivamente onerosas.
Cualquiera que sea su situación religiosa y requiera defender sus derechos, lo ideal seria asesorarse con un abogado especializado que lo represente en su reclamación de oportunidades y convicciones religiosas.

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