Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la Green Card para los hijos extranjeros del cónyuge. Las condiciones pueden ser diferentes dependiendo si los hijos son menores de 21 años o si están casados. Por otro lado, las normas serán iguales independientemente de si el hombre o mujer es estadounidense.
Requisitos
El primer requisito para que una persona pueda pedir un hijastro es que el ciudadano estadounidense y el cónyuge extranjero tengan un matrimonio legal y no un noviazgo. Usted debe saber todo sobre el matrimonio legal: documentos, fechas, requisitos, entre otros. Por otro lado, las leyes federales de migración reconocen los mismos derechos que posee un matrimonio heterosexual, que uno homosexual.
En lo que respecta a la petición de un ciudadano para un hijastro la ley es muy clara y solicita que se cumplan dos requisitos:
- Lo primero, es que sean hijos biológicos del cónyuge extranjero o de un hijo adoptado legalmente. Sólo está permitido esos dos casos particulares, lo que significa que quedan excluidos los hijos de crianza, tutor legal, entre otros.
- En segundo lugar, el ciudadano estadounidense sólo puede solicitar a los hijastros si estos son menores de 18 años en el momento del matrimonio, independientemente que los reclame años más tarde y sean mayores de edad.
Es importante que las personas sepan que los hijastros que posean una edad superior de 18 años al momento de la boda, no podrán ser pedidos mediante este procedimiento; sin embargo, hay otras alternativas para este tipo de casos.
Hijastros menores de 21 años que están solteros
En este caso los hijastros son considerados como familiares inmediatos de un ciudadano estadounidense. Este punto es importante, debido que al estar en esta categoría no existe límite anual al número de personas que puedan obtener la Green Card mediante esta vía. Sólo tendrán que esperar que sea aprobada su petición, lo que normalmente toma unos meses.
El trámite comienza cuando la persona envía el formulario I-130 al USCIS. Este tiene que ser completado por cada uno de los hijastros antes de comenzar los trámites y verificar que cuentan con los ingresos suficientes para poder patrocinar y que el hijastro solicitado no cuente con antecedentes que lo consideren una amenaza.
Si los hijastros ya se encuentran en los Estados Unidos es necesario verificar si se encuentran en condición de ajustar su estatus.
En el caso que los hijastros hayan ingresado de forma ilegal a los Estados Unidos, no será posible ajustar el estatus. Lo que significa que antes de comenzar cualquier trámite es recomendable que consulte a un abogado, ya que, será necesario que los hijastros salgan del país para poder completar el trámite y tienen que tener claro las aplicaciones de los 3 y de los 10 años y también cerciorarse si la regla es aplicable a su caso o pueden estar excluidos.
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