En la octava enmienda a la Constitución de Estados Unidos eexiste una serie de medidas que benefician en gran medida a un acusado.
A continuación, reproducimos lo que quedó establecido en la Carta Magna del país en 1791:
“Fianza excesiva no se será requisito, ni multas excesivas impuestas, ni castigos crueles e inusuales infligidos”.
Es importante definir, en primera medida, qué es una fianza. Se entiende como una cantidad de dinero que se entrega a una corte por un acusado a modo de garantía del cumplimiento de un juicio.
Por lo general, los acusados pueden entregar cierta cantidad de dinero a la Corte para así asegurar que asistirán a su juicio, en lugar de seguir estando en la cárcel
Entienda la sexta enmienda por partes
Por lo general, las enmiendas se descomponen en sus partes para entenderlas mejor. Es así como conoceremos a fondo esta parte de la Declaración de Derechos (o The Bill of Rights).
- “Fianza excesiva no se será requisito, ni multas excesivas impuestas”: estar en la cárcel se considera una pena legal, por lo que la octava enmienda hace difícil que el Gobierno encarcele a alguien que está acusado antes que se hayan determinado culpables porque no permite fianzas excesivas.
También significa que las multas legales no pueden ser fijadas con montos excesivamente elevados que solamente las personas acaudaladas podrían permitirse pagar, dejando a las personas de menos recursos en una postura de desventaja.
- “Ni castigos crueles e inusuales infligidos”: en otras palabras, las penas deben ser justas, encajar con el crimen y no pueden ser crueles ni inusuales.