Derechos laborales en un lugar de trabajo religioso

Derechos laborales en un lugar de trabajo religioso

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Derechos laborales en un lugar de trabajo religioso

Kate Drumgoole, nativa de Nueva Jersey, amaba su trabajo. Ella trabajó para Paramus Catholic High School como consejera de orientación y entrenadora de baloncesto femenino. También ama a su esposa, un hecho que la escuela desconocía hasta hace poco. Al enterarse del matrimonio de la Sra. Drumgoole, la escuela la despidió. La Sra. Drumgoole ha presentado una demanda por discriminación laboral contra Paramus.

Los empleadores tienen prohibido tomar medidas de empleo adversas, como despedir a un empleado, en función de una clase protegida como el género, la raza o el origen nacional. . Sin embargo, Paramus argumenta que están protegidos por su libertad de religión de la Primera Enmienda al despedir a Drumgoole por no vivir de acuerdo con los principios de su fe. En su demanda, la Sra. Drumgoole impugna esta acusación y señala que Paramus emplea a miembros de la facultad que están divorciados o violan otros principios católicos.

La Sra. Drumgoole no está sola; más de 50 personas han sido despedidas o las ofertas de empleo han sido rescindidas por instituciones religiosas por razones similares desde 2010. Una escuela católica de Indiana recientemente despidió a una maestra de temas puramente seculares después de llamar su atención, ella usó la fertilización in vitro para quedar embarazada, llamándola un "pecador inmoral grave". Una mujer de Ohio fue despedida por una institución religiosa a principios de este año por ser inseminada artificialmente. En Florida, una mujer fue despedida por quedar embarazada fuera del matrimonio.

La discriminación basada en el embarazo está bien establecida como discriminación de género, una clase protegida federalmente en los Estados Unidos. Entonces, ¿cómo pueden las instituciones religiosas tomar decisiones de empleo basadas en razones tan claramente discriminatorias sin temor a demandas como la de la Sra. Drumgoole? La respuesta radica en la interacción entre los derechos laborales y la libertad de religión, la excepción ministerial.

Derechos laborales y el caso Hosanna

Para preservar la separación de la iglesia y el estado, así como el libre ejercicio de la religión, la ley de empleo ha forjado las instituciones religiosas, permitiéndoles favorecer a quienes comparten sus creencias. La excepción ministerial se llama así porque los empleados que típicamente encarnan esta separación son ministros de la iglesia. La excepción es una defensa afirmativa, debe ser probada por un empleador religioso que busca su refugio, que históricamente se ha interpretado para permitir la discriminación basada en la religión, pero no como un vacío legal para ninguna ley válida aplicada neutralmente.

El caso fue presentado por Cheryl Perich, una maestra ordenada en un Hossana que recibió un permiso por discapacidad después de que le diagnosticaron narcolepsia. Después de seis meses de licencia, Hosanna le pidió a la Sra. Perich que renunciara. La Sra. Perich rechazó y amenazó con una demanda por violación de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, que exige que los empleadores realicen ajustes razonables para los empleados con discapacidades y prohíbe la discriminación basada en la discapacidad de un empleado. Hosanna despidió a Perich, explícitamente por su discapacidad. Perich demandó.

Desafortunadamente para ella, la Corte Suprema se pronunció por una nimidad a favor de una versión particularmente fuerte de la excepción ministerial. Decidieron que la primera enmienda prohíbe a los empleados que desempeñan un papel en transmitir el mensaje de la Iglesia y llevar a cabo su misión” demandar por discriminación laboral. Esta amplia protección significaba que las instituciones religiosas están totalmente aisladas de las demandas por discriminación siempre que la persona que las demanda cuente como un "ministro". Esto dejó la pregunta, quien califica como ministro.

Dejaron en claro que la parte del tiempo dedicado a los deberes religiosos es un factor, pero no un factor decisivo por sí solo. Sin embargo, como ministra ordenada tanto en Hosanna como en sus propios ojos, la Corte sintió que había pocas dudas de que Perich era un ministro.

El panorama legal después de Hosanna

Después de Hosanna, muchos han cuestionado la amplitud de la excepción ministerial. La excepción ha visto algunos abusos. Las escuelas católicas agregan "ministro" a la descripción del trabajo de cada empleado, desde maestros a recepcionistas y conserjes. Las instituciones religiosas a menudo complementan este argumento al hacer que todos los empleados firmen un contrato acordando mantener los principios de su fe.

La otra cara de la moneda de este potencial es la santidad de la iglesia y el estado. ¿Debería una institución religiosa ser legalmente obligada a emplear a alguien que entre en conflicto con sus creencias? Como ejemplo extremo, una sinagoga no debería tener que emplear una persona que niegue el Holocausto.

El estado actual de la ley prohíbe a los ministros presentar discriminación laboral o represalias contra un empleador religioso, independientemente de si la discriminación está relacionada con principios religiosos. Como se mencionó anteriormente, esta aclaración es una perspectiva difícil por decir lo menos debido a las diferencias entre las religiones.

Todos los casos discutidos al comienzo de este artículo tratan con empleados con deberes completos o principalmente no seculares. Casos como los de la Sra. Drumgoole, enfrentando a grupos protegidos y discriminación laboral contra la excepción ministerial, ayudarán a reducir la excepción y ayudarán a los tribunales a comprender cuándo una institución religiosa debe las protecciones de la Primera Enmienda. En general, la Constitución otorga derechos para protegerse, no para afirmar esos derechos como una licencia para discriminar o disminuir los derechos de los demás.

Si siente que sus derechos han sido desconocidos, un abogado le ayudará y asesorará.

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