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Subarrendamientos de propiedades y sus alternativas

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16 enero, 2023  |  Bienes Raíces, Propietario-inquilino

Cuando se realiza un acuerdo en el que una persona asume parte o la totalidad de un contrato de arrendamiento ya existente, se le conoce como subarriendo. Este tipo de conformidad implica al menos tres partes, es decir: el propietario, quien es la persona que debe autorizar el convenio; la segunda parte es el arrendatario y figura principalmente en el contrato; y tercero, el subarrendatario, el cual alquila la propiedad donde habita el arrendatario principal.

¿Cómo se debe llevar a cabo una solicitud de subarriendo?

Si se está pensando subalquilar la vivienda, primero es necesario informar al propietario.  La persona deberá hacer la solicitud por escrito y enviarla por correo certificado con acuso de recibo.  Debe incluir en su solicitud escrita cierta información sobre el arrendatario y el candidato. Esta información la exige la ley para hacer el subarrendamiento legal.

El arrendador tiene entonces diez días para solicitarle más información. Dentro de los treinta días siguientes a la solicitud original, si el arrendador no le pide información adicional, el arrendador debe aprobar o negar la solicitud.

Si el propietario no le notifica a la persona si la solicitud ha sido aprobada o negada, puede considerar que la solicitud ha sido aprobada, entonces podrá subarrendar la vivienda, sin embargo, el arrendatario original, tendrá que pagar los daños que sufra la vivienda y seguirá siendo responsable del pago del alquiler a su casero.

¿Qué hacer en caso de negación del subarriendo?

Si el propietario decide negar la solicitud, dicha negación debe ser razonable. El arrendador no puede declinar injustificadamente el consentimiento según lo establecido en las leyes de subarrendamiento de propiedades. Si el propietario se rehúsa a la solicitud, y usted cree que ha sido una denegación irrazonable, puede proceder a hacerlo, pero por su cuenta y riesgo.  

Si el propietario emprende acciones legales contra usted por el subarriendo (es decir, por subalquilar sin permiso) y usted puede demostrar que el propietario actuó de forma poco razonable al negar su solicitud, puede hacer que el propietario le reembolse los gastos legales que tuvo que pagar para defenderse de la demanda del propietario.

¿Qué alternativas se pueden tomar?

No obstante, si el proceso de involucrar a otra persona en el acuerdo contractual se vuelve algo complejo o tedioso por la decisión que llegue a tomar el arrendador, existen alternativas que pueden funcionar y a continuación se las indicamos.

Cesión de contrato

Si la persona va a dejar el apartamento de forma permanente, es decir, no va a volver y quiere transferir su apartamento a otra persona, ese acuerdo se llama cesión. El arrendador puede rechazar de forma razonable o no, una solicitud de cesión. Pero el arrendador debe liberarle de su contrato si se niega injustificadamente a consentir la cesión.

En la mayoría de los casos, puede tener un compañero de piso. Un compañero de piso es, por lo general, alguien que no es un miembro de la familia y que no figura en el contrato de alquiler, pero que vive en el apartamento con el arrendatario y no es un mero invitado temporal de corta duración. En general, si el arrendatario vive en un edificio de propiedad privada y es el único que figura en el contrato de arrendamiento, según las leyes de subarrendamiento de propiedades tienen derecho a compartir el apartamento con su familia inmediata y con otro adulto que no esté relacionado directamente y con los hijos dependientes de esa persona.

Tener un compañero de cuarto

La opción de alquilar un inmueble en compañía, es una buena alternativa para compartir los gastos de alquiler y servicios públicos, sin embargo debe tener presente que hay situaciones en las que el derecho a tener un compañero de cuarto está restringido:

  • Si dos o más personas han firmado el contrato de alquiler, y el contrato no le da expresamente permiso para tener otro compañero de cuarto.
  • Si viven en una vivienda pública, en una vivienda que tenga beneficios por parte del gobierno, no tienen derecho a tener un compañero de cuarto.
  • Si reciben un subsidio de alquiler (como la Sección 8 o el FEPS) o una exención de alquiler (como el SCRIE o el DRIE), o si el alquiler se basa en solo ingresos, es posible que tengan que declarar el alquiler que le paga el compañero de cuarto como parte de los ingresos y puede hacer que los ingresos sean demasiado altos para poder acogerse al programa.

Si necesita asesoría, asistencia o representación legal de un abogado especializado en subarriendo de propiedades, en Guía Legal podrá acceder al directorio de abogados de habla hispana que se encuentran en los Estados Unidos, y contactar con el que considere más óptimo para atender su caso.

Le puede interesar: ¿Cuáles son las cláusulas legales que todo contrato de arriendo debe tener en Estados Unidos?

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