Aspectos a considerar en una adopción de un hijastro o hijastra

Aspectos a considerar en una adopción de un hijastro o hijastra

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Aspectos a considerar en una adopción de un hijastro o hijastra
28 enero, 2021  |  Adopción

La adopción que solicita un padrastro o madrastra debería ser respaldada por un abogado, profesional que facilitará el proceso legal que implica un recorrido que podría alargarse hasta lograr el fin.

Casi todos los estados de los Estados Unidos han facilitado los mecanismos para que el padrastro o la madrastra puedan adoptar a un hijastro o hijastra.

En cada estado existen políticas para las adopciones de personas por sus padrastros; sin embargo, las normativas guardan aspectos similares en aspectos como los estudios familiares, investigaciones de record criminal y el proceso para que el padre que no tiene la custodia renuncie a sus derechos.

¿Qué pasa si el padre que no tiene la custodia no está de acuerdo con la adopción?

Si la otra parte no quiere renunciar a sus derechos de paternidad, es posible continuar el proceso. Un juez puede terminar los derechos de paternidad sin el consentimiento del padre en cuestión, si todos los siguientes puntos se cumplen:

  • El padre que no tiene la custodia no le brindó manutención económica sustancial a su hijo por dos años o más.
  • El padre que está casado con el padrastro quien es la parte recurrente tiene la custodia legal exclusiva o conjunta de acuerdo con una orden de la corte.
  • El padre que no tiene la custodia tenía la capacidad para pagarle manutención a su hijo y la oportunidad para visitar o ponerse en contacto con su hijo durante los dos años.
  • El padre que no tiene la custodia no visitó ni tuvo contacto sustancial con su hijo por dos años o más.
  • El padre que tiene la custodia y el padrastro que busca la adopción deberán probar que todos estos aspectos son ciertos, presentando pruebas que sustenten tales afirmaciones.

Opinión del adoptado

La edad mínima para dar el consentimiento de la adopción está entre 10 y 14 años de edad.

En la mayoría de los estados de los Estados Unidos, un niño mayor o adolescente tiene el derecho de decidir si desea ser adoptado por su madrastra o padrastro. A este proceso se le conoce como consentimiento.

Adopción definitiva

Es importante resaltar que la adopción es permanente. Una vez sea aprobada por un juez, el padre que no tiene la custodia del menor perderá los derechos de custodia y horario acordado para ejercer la crianza. Tampoco tiene la responsabilidad de pagar manutención del hijo o hija y, en conclusión, no tendrá responsabilidades con el menor.

Por otro lado, si el padre que tiene la custodia y su cónyuge adoptante se divorcian, no hay disolución de la adopción; es decir, el menor seguirá siendo su hijo, legalmente hablando.

Asimismo, el padrastro o madrastra continuará siendo el responsable de ciertos deberes y derechos sobre el adptado.

Proceso

Podrían resumirse en 7 los pasos a seguir:

  1. Complete los formularios requeridos y entréguelo a las autoridades correspondientes. Su abogado podrá responder sus inquietudes.
  2. Revise las leyes sobre adopción de un hijastro de su estado. Para resolver cualquier duda, consulte a su abogado.
  3. Entre en contacto con el tribunal que se encarga de las adopciones de su condado. La solicitud de adoptar a un hijastro o hijastra debe ser entregada al tribunal correspondiente.
  4. Acuda a la audiencia preliminar en el tribunal. Esta instancia le enviará una carta a usted o a su abogado para notificar la fecha de la audiencia y es probable que el padrastro omadrastra adoptante y el niño o niña que desea adoptar deban acudir a la audiencia. Debe saber que el juez podría hacer preguntas a todas las partes involucradas.
  5. Reciba la visita del trabajador social. En algunos estados es requisito indispensable que un trabajador social realice visitas a la familia de manera regular, con la intención de corroborar que todas las partes de la familia estén cómodos con la adopción.
  6. Audiencia final. Una vez se fije la fecha para la audiencia final, se entregará el certificado u orden de adopción. En este documento se nombrará al padrastro o madrastra como padre legal del menor, al que se le cambiará el apellido si se ha solicitado tal modificación.
  7. Solicite una nueva acta de nacimiento. Una vez finalizado el proceso de adopción, usted puede solicitar un acta de nacimiento del niño o niña actualizada. En este documento reposará el nuevo apellido del menor, si se solicitó el cambio, e indicará que el padrastro o madrastra es su padre.
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